Municipios de Urubamba y Machu Picchu se enfrentan por la ruta que Consettur viene operando de forma ilegal
13 febrero, 2020Ejército Peruano auxilia a Pisac por desborde de río
17 febrero, 2020El jueves 6 de febrero del 2020, El Gobierno regional del Cusco emitió la Resolución Ejecutiva Regional n°082-2020-GR CUSCO/GR, en la que se abordaba la problemática de la instauración de los orientadores turísticos y finalizaba con una solución frente a los reclamos de los profesionales de este campo.
Este documento que fue publicado el día de ayer (miércoles 13/02/2020) Dispone que el Decreto Supremo N° 004-2019-MINCETUR será aplicado en la región del Cusco. Pero las actividades especializadas del guiado turístico solo se limitarán a ser ejercidas por los profesionales de Guías Oficiales y Licenciados en Turismo.
Según la tercera disposición final de la ley N°29408 –“Ley General de Turismo” (modifica el artículo 7° de la Ley N° 28529 de la ley del guía de turismo) resuelve que las actividades especializadas son las siguientes:
• Alta montaña
• Caminata
• Observación de aves
• Ecoturismo y otras análogas o no tradicionales
Dichas actividades que solo podrán ser ejercidas por profesionales, comprende que en la ciudad del Cusco “No estará permitida el ejercicio laboral de los orientadores turísticos”. Pero en la resolución emitida, antes mencionada, se esclarece que:
“En el caso de no contar con guías oficiales o licenciados en turismo en determinado ámbito circunscrito, estas actividades podrán ser ejercidas por el orientador turístico en su ámbito de competencia”.
Lo que da a entender que, dada la posibilidad de la ausencia total de profesionales del campo turístico en alguna de las actividades especializadas de guiado, estipuladas por la Ley N°29408, los orientadores turísticos tendrán la potestad de ejercer y laborar en dichas actividades.
Dato:
El informe N° 137-2019-MINCETUR/VMT/DGDPT/DNCT-RGC, mediante el cual la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico – MINCETUR, concluye que el reglamento de actividades especializadas de guiado, en relación a los “orientadores turísticos”, dispone que corresponde a los Gobiernos Regionales decidir sobre la competencia de contar o no con los mismos, para las especialidades de guiado en sus respectivos ámbitos, considerando principalmente la ausencia de guías de turismo.
En la resolución emitida por el Gobierno regional del Cusco, también se declaró que en nuestra ciudad “la Capital Arqueológica de América”, se cuenta con 5 484 Guías de turismo y 2 329 Licenciados en turismo, lo que significa que cuenta con el 80% de guías a nivel Nacional. Aquí es donde aparece una cifra realmente alarmante, pues solo el 5% de estos no pueden acreditar con certificado o constancia las especializaciones en las actividades turísticas mencionadas por la ley N°29408.